AFP es la sigla de Administradora Privada de Fondos de Pensiones. Es en principio una sociedad anónima, de duración indefinida y con el único objeto de administrar un determinado fondo de pensiones y otorgar las prestaciones a favor de los trabajadores incorporados al sistema privado de pensiones.Las prestaciones son de jubilación, invalidez, sobre vivencia y gastos de sepelio. Ni incluye prestaciones de salud ni riesgos de accidentes de trabajo.Tanto para constituirse como para efectuar publicidad, las AFP deben tener autorización de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP). Cada una de ellas administra un fondo que no integra su patrimonio y cuya contabilidad debe se llevada por separado.Cada AFP administra los fondos, invirtiendo sus recursos. La inversión debe generar una rentabilidad mínima. Garantizada por la reserva de fluctuación de rentabilidad mínima, garantizada por reserva de fluctuación de rentabilidad mínima, el encaje legal que se constituye con recursos propios y otras garantías que la SAFP determina de manera general.
Las AFP perciben por la prestación de sus servicios una retribución compuesta por una o por la combinación de los siguientes rubros:
- Una comisión no establecida en porcentajes que se expresa en moneda nacional.
- Comisiones porcentuales sobre la remuneración asegurable del afiliado y/o sobre los saldos administrados.
La retribución es establecida libremente por cada AFP, debe ser única y de aplicación general para todos sus afiliados.Las inversiones de las AFP sólo pueden efectuarse en los porcentajes máximos establecidos por la ley y su reglamento.Para lograr una rentabilidad, dentro de la máxima seguridad, que permita cubrir a la AFP el otorgamiento de las prestaciones a que se encuentre obligada, las inversiones del fondo se efectúan, entre otros, en valores emitidos por el Gobierno Central o el Banco Central depósitos a plazos y otros títulos.
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